2)
2).- En efecto, el tribunal de alzada, también ha advertido este error, razón por la cual el Auto de Vista Nº 107/06, ha señalado en su fundamentación que la Cooperativa no facilitó información para la fiscalización, por lo que es aplicable la disposición contenida en el Art. 14, literal g), del D.S. 27543 de 31 de mayo de 2004, que dispone la utilización de documentos que cursan en el expediente, específicamente las planillas de pago y lo contemplado en la literal g) del citado artículo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Formulado el recurso de reclamación, por la beneficiaria (Fs
- En grado de apelación interpuesto por la demandante (Fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de
- Normas legales interpretadas erróneamente e indebidamente aplicadas, porque interpreta erróneamente los Arts
- c) Pide que al amparo del Art
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
- 2)
- Que, en este marco legal, se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
