POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, los Arts. 271, numeral 2) y 273, del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 138-139, declara INFUNDADO el recurso de casación de Fs. 131-132, sin costas, en aplicación del Art. 39 de la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 SAFCO
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Formulado el recurso de reclamación, por la beneficiaria (Fs
- En grado de apelación interpuesto por la demandante (Fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de
- Normas legales interpretadas erróneamente e indebidamente aplicadas, porque interpreta erróneamente los Arts
- c) Pide que al amparo del Art
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
- 2)
- Que, en este marco legal, se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
