Auto Supremo AS/0807/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0807/2007

Fecha: 09-Nov-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es evidente o no, se tiene:

1).- Ciertamente la entidad recurrente no ha observado que la Unidad de Fiscalización no ha emitido el informe respecto a las planillas existentes en la institución, así como que tampoco ha certificado sobre la existencia de planillas de la Cooperativa Minera, por lo que a falta de esta documentación no podía haberse emitido la Resolución de la Comisión de Reclamación, cursante a Fs. 103-105