Auto Supremo AS/0821/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0821/2007

Fecha: 29-Nov-2007

3) En la especie, la entidad recurrente (SENASIR) no consideró que la impetrante presentó toda


3) En la especie, la entidad recurrente (SENASIR) no consideró que la impetrante presentó toda la documentación requerida, entre ellos los certificados originales de matrimonio a fs. 72, de nacimiento de sus dos hijos Wendy Gabriela y Adhemar Alfredo Jurado Cortéz a fs. 70-71, de defunción a fs. 73 por el que acredita que su esposo Adhemar Jurado Jurado, falleció el 25 de mayo de 2001 por causa de cáncer de colon metastático; luego adjuntó testimonio de declaratoria de herederos a fs. 74-75, además su certificado de cédula de identidad a fs. 76-77, independientemente de acreditar su condición de asegurado del finado. En cambio, la entidad demandada aparte de la nota de fs. 35, cuya causa y origen no se halla respaldada con ninguna otra documentación, carece de eficacia legal, porque en la fase de investigación se demostró todo lo contrario, máxime si tampoco cursa en obrados la constancia de haberse disuelto el vinculo matrimonial ni mucho menos la existencia libremente consentida de la separación de esposos