Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0821/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0821/2007

    Fecha: 29-Nov-2007

    DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación de Pensiones

    SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 821

    Sucre, 29 de noviembre de 2.007

    DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación de Pensiones
    • DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación de Pensiones
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
    • En grado de apelación, a instancia de la actora por memorial de fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
    • CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
    • 2) Que no obstante de ello, la Comisión de Calificación de Rentas dictó la Resolución
    • 3) En la especie, la entidad recurrente (SENASIR) no consideró que la impetrante presentó toda
    • CONSIDERANDO III: Que, por lo expuesto, revisando el recurso de casación en el fondo, se
    • Sobre el particular y de la revisión de obrados, se colige que lo denunciado en
    • Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca