Auto Supremo AS/0829/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2007

Fecha: 29-Nov-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en los Arts. 15 y 60 numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, Arts. 271, numeral 3 y 275 del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 163-164, ANULA obrados hasta Fs. 53, disponiendo que se emita nueva Resolución de la Comisión de Reclamación sin espera de turno o cualquier otro mecanismo que represente retardación y/o retención del expediente, compulsando toda la documentación adjuntada al proceso, debiendo pronunciarse sobre la pretensión de la causahabiente, respecto a las rentas de viudedad y orfandad peticionadas