Que con referencia a la solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, se
Que con referencia a la solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, se puede apreciar que tal petición es notoriamente improcedente pues el hecho que motivó el proceso se produjo el 5 de mayo de 2000 (fojas 5 a 8 vuelta) y, sentada denuncia al respecto, se inició el proceso el 29 de junio de 2001 (fojas 58), mucho antes de los cinco años que el artículo 101 del Código Penal señala para el tipo de delito que es caso de autos
- Estelionato
- CONSIDERANDO: que el mencionado proceso se inició bajo el régimen del Código de Procedimiento Penal
- Que ante recursos de apelación interpuestos tanto por la imputada como por la querellante, la
- Que a consecuencia de ese Auto de Vista la imputada interpuso el recurso de casación
- Que la impetrante, invocando el hecho de no haberse resuelto desde entonces ese recurso de
- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se ha constatado que en
- Que con referencia a la solicitud de extinción de la acción penal por prescripción, se
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
