CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Isabel Herbas de Delgadillo c/ ECOBOL Sucre
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VISTOS: El recurso de casación y nulidad de Fs. 72 interpuesto por Vicente Valda Oropeza, Gerente de la Empresa ECOBOL-Sucre, contra el auto de vista Nº 381/2003 de 4 de octubre de 2003, cursante a Fs. 68-69, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso laboral seguido por Isabel Herbas de Delgadillo contra la Empresa de Correos que representa el recurrente; la respuesta de Fs. 75-76, el auto que concede el recurso de Fs. 76 vta., los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre, en 20 de agosto de 2003, pronunció la sentencia Nº 100/2003 de Fs. 42-43, declarando probada en parte la demanda de Fs. 10-11, sin costas; disponiendo que la Empresa demandada cancele a la actora el monto de Bs. 12.727,76 por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y vacaciones; monto al que se aplicará los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- AUTO SUPREMO Nº 598 - Social Sucre, 12 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- Que, contra el referido auto de vista, el Gerente de la Empresa demandada interpone recurso
- Luego, dice el recurrente, que con la finalidad de aportar mayores elementos de convicción, presentó
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a
- Que, por lo fundamentado precedentemente, no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
