Auto Supremo AS/0621/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2007

Fecha: 17-Dic-2007

Concedido el recurso primero en efecto devolutivo y luego suspensivo, la Sala Social y Administrativa


Apelada esta resolución por el Comité demandado con el fundamento de que la sentencia que declaró probada la demanda, no condenó en costas, por lo que al amparo del Art. 204 Código Procesal del Trabajo, no corresponde la regulación efectuada.

Concedido el recurso primero en efecto devolutivo y luego suspensivo, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, emite el auto de vista No. 59/03-SSA-III, antes referido, revocando el auto de 5 de diciembre de 2002, de Fs. 166 que regula el honorario profesional, como se tiene relacionado