4) En audiencia de juicio oral la imputada interpuso excepciones de falta de acción y
4) En audiencia de juicio oral la imputada interpuso excepciones de falta de acción y cosa juzgada, de ellas fue declarada improbada la excepción de falta de acción, la misma que fue objeto de recurso de apelación incidental. Esta apelación no fue acumulada al recurso de apelación restringida interpuesta el 25 de noviembre de 2003 de fojas 104 a 107; incurriendo así, en mora procesal el Juez y Secretaria del Juzgado Primero de Sentencia al haber decretado el traslado del recurso de apelación restringida a dos años y seis meses, según consta de la remisión de 28 de noviembre de 2003 de fojas 97 con relación al decreto de traslado de 2 de junio de 2006 de fojas 108; sobre este particular, la Sala Penal Segunda llamó severamente la atención al Juez y Secretaria del Juzgado Primero de Sentencia por no haber remitido ambas apelaciones en tiempo oportuno; consiguientemente, solicita declarar la extinción de la acción penal
- AUTO SUPREMO: Nº 648 Sucre, 13 de diciembre de 2007
- Sucre, 13 de diciembre de 2007
- VISTOS: Las solicitudes de extinción de la acción penal de fojas 150 a 155 y
- 4) En audiencia de juicio oral la imputada interpuso excepciones de falta de acción y
- Que en ese sentido la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004 de 14 de septiembre, ha determinado
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
