PARTES: Benita Rosario Bonilla Quiroz c/ Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Solano Ltda
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 196
Sucre, 13 de febrero de 2.007
DISTRITO: Tarija PROCESO: Social.
PARTES: Benita Rosario Bonilla Quiroz c/ Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Solano Ltda
Sucre, 13 de febrero de 2.007
DISTRITO: Tarija PROCESO: Social.
PARTES: Benita Rosario Bonilla Quiroz c/ Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Solano Ltda
- PARTES: Benita Rosario Bonilla Quiroz c/ Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco Solano Ltda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulado por ambas partes (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el apoderado de
- Concluyó solicitando que este Tribunal emita resolución, casando el auto de vista y se declare
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
