Que, a este efecto y de la revisión del recurso se colige que, el recurrente
Que, a este efecto y de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, no precisó de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestra el error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente trata de fundamentar su acción, trayendo a colación aspectos de hecho no probados en el curso del proceso y que están fuera de la relación procesal, como la actualización de sus finiquitos por supuesta demora en el pago y el reintegro de vacaciones, insistiendo en el reconocimiento de beneficios extralegales como a otros distritos mineros
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral sobre cobro de bonos extralegales, el Juez Primero
- Este fallo motivó el recurso de casación (fs
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- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
