Auto Supremo AS/0139/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2007

Fecha: 14-Mar-2007

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social


DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Maria E. Artieda de Achi y otra c/ Instituto Tecnológico Nacional CEICOM

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VISTOS: Elrecurso de casación de Fs. 83, interpuesto por Luís Lujan Barrios, propietario y Rector del Instituto Tecnológico Nacional con las siglas CEICOM contra el auto de vista No. 215/2002 de 8 de mayo de 2002 cursante a Fs. 80, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Maria Elena Susana Albertina Artieda de Achi y Jenny Mirtha Vargas Pardo, contra el recurrente, la contestación del recurso de nulidad de Fs. 86, el auto concesorio del recurso de Fs. 86 vlta., los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba pronunció sentencia el 1º de abril de 2002 de Fs. 62 a 63, declarando probada la demanda de Fs. 8-9, con las modificaciones respectivas, ordenando que José Luís Lujan Barrios, en su condición de Rector y propietario de la Empresa Tecnológico Nacional CEICOM, pague a favor de las demandantes los montos que a continuación siguen: a) Maria Elena Susana Albertina Artieda de Achi, la suma de bs. 3.447,46.-, y, b) A Jenny Mirtha Vargas Pardo, la suma de Bs.- 2.896,65.-, por concepto de desahucio, salarios devengados de los meses de diciembre de 2001 y enero de 2002, con los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992