Empero de lo apuntado, de la revisión de oficio de los antecedentes se verifica que
Empero de lo apuntado, de la revisión de oficio de los antecedentes se verifica que a tiempo de imponer la pena en la sentencia el Tribunal de Sentencia, y a su turno sobre el mismo aspecto en recurso de apelación restringida el Tribunal de Apelación, no habría valorado los antecedentes personales de los imputados, referidos precisamente en la sentencia, poniendo en duda el principio de congruencia que hace al debido proceso, hecho que podría afectar a los derechos y garantías constitucionales que tiene todo ciudadano, sea nacional o extranjero, por lo que a efecto de verificar únicamente tal extremo, este Máximo Tribunal debe abrir extraordinariamente su competencia
- PARTES : Ministerio Público c/ Enrique Panduro Flores y otro
- Sucre, 20 de marzo de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia de Concepción, Provincia Ñuflo de Chávez, del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO: Que, en primer lugar los fundamentos del recurso de casación planteado por Enrique Panduro
- CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
- Empero de lo apuntado, de la revisión de oficio de los antecedentes se verifica que
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
