POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 225-230, con costas
- PARTES: Iván Marcelo Pecka Ventura c/ Hotel Continental Park
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, planteado por el demandante mediante memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- A su vez, el demandado por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso de casación en el fondo, en apoyo del art
- 2) Que dicho contrato señala que todos los gastos de explotación del Hotel realizados por
- 3) Luego, que el auto de vista al confirmar la sentencia, ha incurrido en violación
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 3)
- De donde al estar demostrado que el actor trabajó por encargo de dicha Administradora, lo
- 4)
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
