En caso sub lite, los recurrentes se reducen a solicitar la nulidad por falta de
En caso sub lite, los recurrentes se reducen a solicitar la nulidad por falta de notificación personal con la demanda olvidando que fueron notificados mediante "comisión instruida" (fojas 28) a más de que incumplen la obligación de acreditar la existencia de errores de hecho o errores de derecho que den lugar a error improcedendo de acuerdo a las previsiones del artículo 254 del adjetivo civil citado
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de adjudicaciones
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 92 a 92 vuelta, deducido por Bergman Rivero
- Deducida la apelación por los demandados, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
- Contra el referido auto de vista los demandados Bergman Rivero Rivera y Delcy Jiménez Saavedra
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria, corresponde señalar que
- En caso sub lite, los recurrentes se reducen a solicitar la nulidad por falta de
- CONSIDERANDO: Que, de lo referido se colige que los recurrentes no dieron cumplimiento a los
- Nada de lo exigido han cumplido los recurrentes, cuyo recurso acusa una total orfandad de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 12 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
