VISTOS: El recurso de casación de fojas 92 a 92 vuelta, deducido por Bergman Rivero
PARTES : Herman Saucedo Medina c/ Bergman Rivero Ribera y otra.
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación de fojas 92 a 92 vuelta, deducido por Bergman Rivero Ribera y Delcy Jiménez Saavedra, contra el Auto de Vista de fecha 14 de julio de 2004, cursante de fojas 89 a 90, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz dentro del proceso ordinario de nulidad de adjudicaciones, seguido por Herman Saucedo Medina contra los recurrentes; los antecedentes procesales y:
CONSIDERANDO:Que sustanciado el proceso de referencia, el 17 de febrero de 2004, el Juez de Partido y Sentencia de Portachuelo de la Provincia Sara e Ichilo del Departamento de Santa Cruz pronunció la sentencia que corre de fojas 66 a 68 vuelta por la cual declara probada en todas sus partes la demanda de fojas 21 y 22 en consecuencia declaró nulo y sin valor legal el proceso administrativo de adjudicaciones y títulos de adjudicación otorgados por la H. Alcaldía Municipal de Buena Vista de fecha 22 de octubre de 2002 en favor de los demandados Bergman Rivero Rivera y Delcy Jiménez Saavedra, así como las inscripciones en Derechos Reales de las matriculas computarizadas correspondientes, ordenando la cancelación en Derechos Reales de dichas inscripciones con condenación de costas a calificarse en ejecución de sentencia
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Nulidad de adjudicaciones
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 92 a 92 vuelta, deducido por Bergman Rivero
- Deducida la apelación por los demandados, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
- Contra el referido auto de vista los demandados Bergman Rivero Rivera y Delcy Jiménez Saavedra
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de cada acción extraordinaria, corresponde señalar que
- En caso sub lite, los recurrentes se reducen a solicitar la nulidad por falta de
- CONSIDERANDO: Que, de lo referido se colige que los recurrentes no dieron cumplimiento a los
- Nada de lo exigido han cumplido los recurrentes, cuyo recurso acusa una total orfandad de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 12 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
