Auto Supremo AS/0205/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2007

Fecha: 09-Abr-2007

Que al no haber obrado el Tribunal de apelación como se tiene señalado, pronunciándose en


Que de la relación anterior se concluye que el Ad quem obró con superficialidad en el conocimiento y resolución de la alzada ya que omite pronunciarse con relación a aspectos esenciales, reclamados y fundamentados en la expresión de agravios, que asumen valor sustancial en el contenido del recurso frente a la determinación resolutiva del A quo en sentencia, de reconocer y disponer se cancelen y paguen los beneficios demandados.

Que al no haber obrado el Tribunal de apelación como se tiene señalado, pronunciándose en el fondo del recurso ha incurrido en infracción del art. 236 del Código de Procedimiento Civil que, independientemente de implicar incumplimiento, conlleva la responsabilidad de generar a una de las partes, estado de indefensión en esa instancia y de la que también se acusa al A quo