Que la suma total del finiquito es de $us
Sostiene que el finiquito, sucrito por la actora, arroja la suma de Bs. 63.014,17, al tipo de cambio de 6,53 en fecha 18 de mayo de 2001, equivalente a $us. 9.650.-
Que la suma total del finiquito es de $us. 9.950.-, a la que se agregó la suma de $us. 300.-, por concepto de un bono voluntario, y que según el comprobante de pago de 7/05/2001, la actora recibió la suma de Bs. 16.367,75, a cuenta de su finiquito, al igual que los subsidios de lactancia, y al no haberse descontado los pagos por dichos subsidios y el citado monto de Bs. 16.367,75, se infringió el Art. 3 inc. j), Art. 182 incs. c), d) y g) y 200, todos del Código de Proc. del Trab. y 91 del Cód. de Pdto. Civil, quedando sólo -a su parecer- un saldo deudor de Bs. 46.646,42
- AUTO SUPREMO Nº 229 - Social Sucre, 11 de abril de 2007
- Que la empresa en el momento de pagar el sueldo en moneda de curso legal,
- Que la suma total del finiquito es de $us
- Finaliza solicitando al Tribunal Supremo "se apruebe la deducción del citado pago de Bs
- CONSIDERANDO II: Quedel examen del recurso de casación y revisión del auto de vista supuestamente
- Consecuentemente no es evidente lo argüido por la empresa recurrente, respecto al error en la
- Que en lo relativo a la liquidación fijada por los operadores de justicia, en la
- Que, los fallos de instancia, con referencia a los beneficios sociales se ajustan a lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
