3)
3).- La Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba Art. 370 inc. 6) del C.P.P., por apartarse el Tribunal de lo que prevé el Art. 173 de la Ley 1970, con respecto a la valoración del tribunal que debió realizar a cada uno de los elementos de prueba que ofreció y judializó el Ministerio Público y, sobre lo que establece también el Art. 359 del C.P.P., sobre las normas de la deliberación y votación de cada uno de los miembros del Tribunal a tiempo de dictar la sentencia
- y otro. Tráfico de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Sucre, 5 de abril de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Jueces de Sentencia de Bermejo-Tarija, previo el juicio oral, público,
- CONSIDERANDO: Que, contra el Auto de Vista Nº 05/2007, recurren de casación el Fiscal Bernardo
- Que los agravios en que habría incurrido el Tribunal de Sentencia de Bermejo son los
- 2)
- 3)
- Que, el Auto de Vista volvió a repetir los fundamentos de la sentencia, en sentido
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión y análisis de los antecedentes del proceso en relación con
- Que, del examen del recurso de casación interpuesto por Hebner Jesús Mario Romero Gallardo contra
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
