Auto Supremo AS/0398/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2007

Fecha: 09-Abr-2007

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma


Que, en el Auto de Vista recurrido, han omitido indicar el nombre del penal donde deben cumplir condena los procesados, correspondiendo complementar esa omisión al fallo recurrido.

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el Inc. 1) del Art. 59 de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 132 a 133, declara INFUNDADO los recursos de fojas 427 a 429 y de 435 a 436 y Vlta., y existiendo varios penales en Cochabamba, se complementa y se dispone que las penas impuestas a los sentenciados cumplan sus condenas en la Cárcel Pública de El Abra, con costas