Auto Supremo AS/0398/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2007

Fecha: 09-Abr-2007

Que, la nueva jurisprudencia nacional adoptada por las salas penales a partir del Auto Supremo


Que, la nueva jurisprudencia nacional adoptada por las salas penales a partir del Auto Supremo Nº 417 de fecha 19 de agosto de 2003 años, acorde con la doctrina contemporánea, establece que los delitos previstos y sancionados por la Ley 1008 SON DE CARÁCTER FORMAL Y NO DE RESULTADOS. Asimismo, para darse la tentativa deben concurrir los elementos constitutivos señalados por el Art. 8 del Código Penal y en el presente caso el delito de tráfico se ha consumado. Consiguientemente, el tribunal ad quem ha dado correcta aplicación al Art. 135 y 243 del Código de Procedimiento Penal, analizando las pruebas con corrección y no ha violado ninguna norma sustantiva ni adjetiva, todos estos aspectos se encuentran establecidos en la abundante y uniforme jurisprudencia nacional en los Autos Supremos Nº 381 de 20 de octubre de 2005 y 318 de 24 de agosto de 2006