Auto Supremo AS/0415/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0415/2007

Fecha: 12-Abr-2007

Se ignora que la resolución judicial que pone fin a un litigio, debe ser completa,


Se ignora que la resolución judicial que pone fin a un litigio, debe ser completa, expresa, clara y precisa en cuanto a su decisión, para evitar confusiones e incertidumbres en ejecución de sentencia, determinación que debe ser asumida sobre la base del amplio margen de libertad conforme a la sana lógica y los dictados de su conciencia y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 3º inc. j), 66 y 158 del Cód. Proc. Trab.; circunscribiéndose cuando se resuelve en apelación, a la pertinencia nombrada en el art. 236 del Cód. Pdto. Civ., pero adecuando el fallo a lo establecido tanto por el art. 192 inc. 3) del Cód. Pdto. Civ., a las formas de resolución instituidas en el art. 237 del indicado Código Adjetivo Civil y a los incisos b) y c) del Art. 202 del señalado Cód. Proc. Trab.; es decir, contener decisiones claras, positivas y precisas sobre lo litigado, refiriéndose puntualmente a todos y cada uno de los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación, en armonía con los preceptos legales antes citados, lo que se extraña en el caso presente