CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 84-85 interpuesto por Asunción Jarmila Ángelo Humérez, apoderada de Magdalena García de Rocha, contra el auto de vista No. 316/2006 de 9 de diciembre de 2006 (fs. 72-73), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social por cobro de beneficios sociales seguido por Fanny Gonzales Farel contra la recurrente, la respuesta de fs. 89, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió sentencia el 8 de abril de 2004 (fs. 50-52), declarando probada en parte la demanda de fs. 1-2, ordenando a Magdalena García de Rocha para que dentro de 3ro día de ejecutoriada la sentencia, cancele a favor de la demandante, por concepto de beneficios sociales, la suma de Bs. 5.152,87.- con los reajustes previstos por el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancias de la apoderada de la demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, revisando si lo denunciado es evidente o no,
- 1) El recurso fue interpuesto como casación en el fondo, empero, con olvido que la
- 2) La recurrente, tampoco especifica de qué manera se habría supuestamente infringido o mal aplicado
- CONSIDERANDO III: Que, así analizados los hechos, se concluye que el auto de vista se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
