CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados en función al recurso de casación interpuesto, este
CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados en función al recurso de casación interpuesto, este Tribunal Supremo encuentra defectos en la estructuración del recurso, por cuanto del análisis del mismo, si bien afirma la existencia de vicios de nulidad en cuanto refiere a la casación en la forma nuevamente fundamenta su recurso en nulidades de obrados
- DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario - Nulidad de contrato de venta y otros
- Contra la resolución de vista, la demandante Justina Aquize Mamani, recurre de casación, sosteniendo que
- También manifiesta que, existen otros motivos de nulidad, contenidos en la propia demanda en la
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados en función al recurso de casación interpuesto, este
- Sin embargo, pese a que el recurso no cumple con los requisitos exigidos en el
- Respecto a los otros motivos que a criterio de la recurrente constituyen defectos absolutos tampoco
- Concluyéndose que el tribunal ad quem al haber anulado obrados por constituir la sentencia resolución
- Respecto al vicio de incongruencia, la jurisprudencia reiterada por la Excma
- En el caso de autos habiendo omitido resolver el Juez a quo varios puntos demandados
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO:La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 23 de mayo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
