CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Yovanna Añez Ortiz c/ Abraham Attue Pimentel
= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =
VISTOS: El recurso de casación de Fs. 68-69 interpuesto por Abraham Attue Pimentel, del auto de vista No. 329 cursante a Fs. 65-66, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido, seguido por Yovanna Añez Ortíz contra el recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, y
CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, dictó la sentencia de primer grado de Fs. 52-53, declarando probado, con costas, el derecho demandado a Fs. 3-4; ordenando que el propietario de Express Celular, Abraham Attue, pague a tercero día de notificado, los beneficios sociales de la demandante de Bs. 4.017.00, según finiquito
- AUTO SUPREMO Nº 342 - Social Sucre, 23 de mayo de 2007
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso en examen, de la empresa demandada, restringido en su contenido
- De la relación anterior se colige que el recurso ha sido planteado equivocadamente con inconsistencia
- Se apercibe severamente al Juez a quo en obrados, por incumplimiento del Art
- No se regula honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 23 de mayo de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
