CONSIDERANDO: La Sentencia de fs
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N ° 321 Sucre, 18 de julio de 2007
DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario-. Entrega de inmueble.
PARTES : Fermín Mendoza Mita y otros c/ Elisa Vásquez Corrales y otra
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto de fs. 169 a 170 por Elisa Vásquez Corrales y Nieves Magne Vda. de Rodríguez, contra el auto de vista N° 018/05 de fs. 164-166, pronunciado en fecha 4 de enero de 2005 por la Sala Civil, Familiar y Comercial de la R. Corte Superior de Distrito Judicial de Oruro, en el ordinario sobre entrega de inmueble que siguen Fermín Mendoza Mita, Genoveva Mendoza Mita y Zacarías Mendoza Mita contra las recurrentes, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: La Sentencia de fs. 145 a 146, pronunciada por el Sr. Juez 4° de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, declara probada la demanda de fs. 24-25 y en su mérito dispone la entrega del bien inmueble ubicado en el Barrio Trinidad, calle "3" entre "A" y "B", manzano "T", lote N° 15, signado con el Nro. 138 de la Ex -Finca Chapicollo, zona norte de la ciudad, que deben efectuar las demandadas Elisa Vásquez Corrales y Nieves Magne Vda. de Rodríguez, a favor de los demandantes
AUTO SUPREMO N ° 321 Sucre, 18 de julio de 2007
DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario-. Entrega de inmueble.
PARTES : Fermín Mendoza Mita y otros c/ Elisa Vásquez Corrales y otra
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto de fs. 169 a 170 por Elisa Vásquez Corrales y Nieves Magne Vda.
CONSIDERANDO: La Sentencia de fs. 145 a 146, pronunciada por el Sr. Juez 4° de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, declara probada la demanda de fs. 24-25 y en su mérito dispone la entrega del bien inmueble ubicado en el Barrio Trinidad, calle "3" entre "A" y "B", manzano "T", lote N° 15, signado con el Nro. 138 de la Ex -Finca Chapicollo, zona norte de la ciudad, que deben efectuar las demandadas Elisa Vásquez Corrales y Nieves Magne Vda. de Rodríguez, a favor de los demandantes
- CONSIDERANDO: La Sentencia de fs
- En apelación, la Sala Civil, Familiar y Comercial del Distrito Judicial de Oruro, confirma la
- Contra la resolución de vista, las demandadas Elisa Vásquez Corrales y Nieves Magne Vda
- Señalan que tanto el a quo y el ad quem, basan su fundamentación en el
- Finalmente, agregan que solo se han valorado las pruebas aportadas por los demandantes sin hacer
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los actuados, en función al recurso interpuesto, se evidencia
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto a la afirmación del tribunal ad quem sobre el incumplimiento de
- En autos, la minuta de transferencia que en fotocopia legalizada cursa a fs
- A lo que debemos agregar, que el referido documento contiene una transferencia que efectúa Aniceto
- Finalmente, respecto a la infracción del art
- En autos, este Tribunal Supremo no encuentra qué prueba de descargo debía ser valorada por
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 18 de julio de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
