CONSIDERANDO II: Que, conforme establece la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación
CONSIDERANDO II: Que, conforme establece la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, el mismo que debe contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Pdto. Civil; además de fundamentarse por separado, de manera precisa y concreta, cuáles son las causas que motivan el presente recurso, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa
- AUTO SUPREMO Nº 391 - Social Sucre, 16 de julio de 2007
- Finaliza pidiendo que el Tribunal Supremo en revisión de los antecedentes case el auto de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme establece la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación
- Que, de la revisión del recurso de casación de fojas 290 a 291, se colige
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
