Auto Supremo AS/0351/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2007

Fecha: 13-Ago-2007

CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a considerar los fundamentos de los recurso de casación y


CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a considerar los fundamentos de los recurso de casación y nulidad aludidos, y en aplicación de los art. 15 de la L.O.J. y 252 del Código de Procedimiento Civil, es deber del Tribunal de Casación revisar de oficio el proceso, a fin de constatar si en la tramitación de la causa se han guardado las formas, plazos procesales y si se ha aplicado a cabalidad el ordenamiento procesal que rige al mismo, a fin de determinar las sanciones que corresponda; o en su caso, determinar la nulidad de obrados, hasta el vicio más antiguo