CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha
CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados por el inc. 2) del art. 258 del Código de Pdto. Civil, porque si bien plantea recurso que denomina "de nulidad y de casación", empero carece de la más mínima fundamentación, porque omite precisar cuál la infracción de las disposiciones en que se funda el fallo recurrido, no siendo suficiente aludir supuestas causales de "nulidad en la forma" persiguiendo la casación del auto de vista recurrido, por cuanto conforme ha establecido la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación en la forma, se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, cuyas causales se hallan enumeradas en el art. 254 de la citada norma procesal
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Coactivo Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por la entidad coactivante, por auto de vista Nº 436
- Que, contra el mencionado auto de vista, el coactivado Limberg Cabrera Rivero, invocando los arts
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha
- En ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente, haciendo inviable su consideración porque impide
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
