Auto Supremo AS/0653/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0653/2007

Fecha: 10-Ago-2007

CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha


CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados por el inc. 2) del art. 258 del Código de Pdto. Civil, porque si bien plantea recurso que denomina "de nulidad y de casación", empero carece de la más mínima fundamentación, porque omite precisar cuál la infracción de las disposiciones en que se funda el fallo recurrido, no siendo suficiente aludir supuestas causales de "nulidad en la forma" persiguiendo la casación del auto de vista recurrido, por cuanto conforme ha establecido la doctrina y la jurisprudencia, el recurso de casación en la forma, se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, cuyas causales se hallan enumeradas en el art. 254 de la citada norma procesal