Que, no obstante la claridad del decisorio del tribunal ad quem, el recurrente, acusa en
Que, no obstante la claridad del decisorio del tribunal ad quem, el recurrente, acusa en términos genéricos y sin especificar correctamente su reclamo, error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, limitándose a reseñar ampliamente los antecedentes del proceso, insistiendo en el hecho de que la demanda colectiva de 31 de agosto de 1998, es interruptiva de la prescripción no habiendo sido valorada en derecho, en contravención flagrante a lo dispuesto por el art. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civ
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, el demandante, interpone recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis en relación a los
- Que, no obstante la claridad del decisorio del tribunal ad quem, el recurrente, acusa en
- Que, el recurrente, para mejor demostración de su derecho y el error manifiesto del Juzgador,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
