CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Sala Primera del Tribunal Fiscal de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 255-257, interpuesto por Luis Alberto Oviedo Huerta, Director Distrital de Grandes Contribuyentes La Paz, dependiente del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista Nº 29/2001 SSA-II de 16 de febrero de 2001 (fs. 252-253), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso contencioso tributario que sigue la Empresa Bolivian Mineral TRADERS LTDA., contra la Administración Regional de Impuestos Internos, el dictamen fiscal de fs. 266-267, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Sala Primera del Tribunal Fiscal de la Nación, emitió la Sentencia Nº 37/94 de 2 de septiembre de 1994 (fs. 165-170), declarando probada en parte la demanda de fs. 24, en consecuencia se modifica la Resolución Determinativa Nº 01168 de 4 de mayo de 1993, dictada por la Administración de Impuestos Internos de La Paz, en la siguiente forma:
Se declaran nulos los cargos por el IVA, IT y RC-IVA referidos a los reparos comprendidos entre los períodos fiscales 02/89 a 12/90. Se mantiene firme y subsistente la multa impuesta por incumplimiento a deberes formales
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Sala Primera del Tribunal Fiscal de
- Queda sin efecto el art
- Que, contra el mencionado auto de vista, la administración demandada, invocando los arts
- CONSIDERANDO II
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
