En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No. 184 de 23 de mayo de 2002 (fs. 661-662), se confirmó la sentencia de fs. 642-644, en cuanto a los reparos por concepto de impuestos de la Resolución Determinativa No. 09/2000 GRACO de 16 de octubre de 2000 que deja sin efecto con todos sus accesorios y sanciones, a excepción de las multas ya giradas por M.I.D.F., incumplimiento de Deberes Formales en Bs. 4.214, que son administrativas
- PARTES: Agencia Despachante de Aduana Latina Ltda c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital de Grandes
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó que la entidad demandada, representada por Carmen Barba de Peinado, en su
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) Además, el recurrente no discrimina o diferencia el recurso de nulidad o casación en
- Que, en este marco legal, se concluye que al confirmar el auto de vista la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
