Que, en este marco legal, se concluye que al confirmar el auto de vista la
Que, en este marco legal, se concluye que al confirmar el auto de vista la sentencia de primera instancia, ha obrado correctamente valorando adecuadamente los antecedentes del proceso; de manera que, lo resuelto por el tribunal de alzada, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna, menos interpretación errónea ni aplicación indebida de normas legales; correspondiendo en definitiva resolver conforme dispone el art. 273 del Cód. Pdto. Civil, con la facultad remisiva prevista en el art. 297 del Código Tributario
- PARTES: Agencia Despachante de Aduana Latina Ltda c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital de Grandes
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó que la entidad demandada, representada por Carmen Barba de Peinado, en su
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) Además, el recurrente no discrimina o diferencia el recurso de nulidad o casación en
- Que, en este marco legal, se concluye que al confirmar el auto de vista la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
