En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 95
En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 95 de 20 de marzo de 2002 (fs. 211-112), se confirma en todas sus partes la sentencia de fs. 174-179, con costas
- PARTES: Fábrica de Caramelos y Mermeladas WATT´S CASAL Ltda c/ Aduana Nacional Regional Santa Cruz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 95
- Que, contra el mencionado auto de vista, la representante de la Aduana Nacional, interpone el
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
