Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs. 127-128, planteado por Juan José Mariscal Sancetenea, Gerente Distrital I de Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, quien en síntesis alega que la Resolución Determinativa de fs. 2, determinó un adeudo de Bs. 14.298 por obligaciones tributarias del sujeto pasivo por los impuestos IVA-IT, RE.IVA e IRPE por los períodos fiscales de 04/1994 a 03/1995; que en cuanto a los reparos del IVA provienen de la depuración del crédito fiscal IVA, de compras empleadas como crédito fiscal, considerando que no son válidas por falta de RUC y nombre del comprador, como previenen los arts. 19-c y 21-c de la R.A. 05-506-92 y R.A. 05. 299/94, lo mismo que la factura emitida por la ferretería Cañoto, considerada falsa, empero sin acreditar este extremo mediante fallo judicial ejecutoriado; finalmente señala que en cuanto a la multa por defraudación fiscal se vulneró el art. 19-d) de la Ley 843 induciendo en error al fisco, ya que la conducta está prevista en los arts. 98, 99-1) y 101-1), sin precisar tampoco la norma legal respectiva
- PARTES: Empresa Constructora TRAMA S.R.L. c/ Servicio de Impuestos Nacionales de Cochabamba
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 2do Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- En grado de apelación, a instancia del demandante, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- Con estos argumentos, plantea de modo indistinto y de manera conjunta recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
