CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
DISTRITO: La Paz
PARTES: A.A.D.A.A. c/ Honorable Alcaldía Municipal de La Paz
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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 45-46, interpuesto por Hernán Pereira Fernández, Director de Recaudaciones del Gobierno Municipal de La Paz, contra el auto de vista Nº 144/01 de 30 de noviembre de 2001 (Fs. 42) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso contencioso tributario seguido por la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (A.A.D.A.A.) contra el Municipio recurrente, el auto que concede el recurso de Fs. 48, el dictamen fiscal de Fs. 50, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo de la ciudad de La Paz, emitió el auto definitivo Nº 10/97 de 5 de mayo de 1997 (Fs. 16 vta. 17 del testimonio remitido), declarando probada la excepción de impersonería en la demanda de Fs. 58 del expediente original, opuesta por la Honorable Alcaldía Municipal, disponiendo proseguir la causa únicamente contra la Dirección de Ingresos Municipales
- AUTO SUPREMO Nº 453 - Contencioso Tributario Sucre, 04 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por el Director Liquidador representante legal de A
- Este fallo motivó el recurso de casación (Fs
- CONSIDERANDO II: Que, el Art
- Que, el auto de vista recurrido emitido por el Tribunal de alzada y que revoca
- Consiguientemente, corresponde dar aplicación a lo previsto en los Arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 04 de septiembre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
