Auto Supremo AS/0467/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2007

Fecha: 24-Sep-2007

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento del


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento del art. 133 del Código de Procedimiento Penal, la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004 de 14 de septiembre de 2004 y Auto Constitucional complementario Nº 0079/2004 de 29 del mismo mes y año, declara NO HA LUGAR a la extinción de la acción penal, y dispone se prosiga con el desarrollo del proceso hasta su conclusión