Auto Supremo AS/0482/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0482/2007

Fecha: 27-Sep-2007

Que, por el recuento anterior, se concluye que el recurso ha sido planteado equivocadamente en


Continúa con la cita de normas legales, refiriendo los antecedentes de la relación laboral que se dio entre las partes, con argumentación doctrinal civilista y laboral relativa al contrato, que el Ad quem no efectuó una correcta apreciación de la prueba vulnerando los principios de valoración de los Art. 149, 159 y 164 del Código Procesal del Trabajo, concordantes con los Art. 1282, 370 y siguientes del adjetivo Civil.

Que, por el recuento anterior, se concluye que el recurso ha sido planteado equivocadamente en su inconsistencia legal y jurídica, con prescindencia conceptual y legal de la definición de que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, en la que de acuerdo a la previsión del Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, su interposición debe responder a la exigencia inexcusable de la cita clara, concreta y precisa del folio del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error; cualquiera sea la naturaleza jurídica del recurso, ya sea en el fondo, en la forma o en ambos; sin que sea suficiente la relación de aspectos procesales sobre incumplimiento de la ley por los de instancia, sin acusar infracción alguna por el de alzada en el conocimiento y resolución de la apelación, como sucede en autos, sin el cumplimiento inexcusable antes señalado que, de contrario, constituye el establecimiento por el recurrente de una base legal y jurídica cierta sobre la que pueda o deba este Tribunal pronunciarse en los términos del precitado Art. 258