Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 120-121, planteado por Lilian Ticona Pimentel, en representación de Marcelo Ferrufino Deheza, Gerente Regional de la Aduana La Paz, limitándose simplemente a realizar un relato histórico de lo obrado, quien en apoyo del art. 253 incs. 1) y 3) del Cdgo. Pdto. Civil, acusa que los tribunales de instancia, han incurrido en violación de los arts. 37 y 52 del Cód. Trib., justificando que el hecho generador de la obligación tributaria se originó, según la recurrente, con el ingreso ilegal del vehículo motorizado sin el pago de impuestos; que el sujeto pasivo tenía la obligación de demostrar que dicho motorizado se encuentra en territorio aduanero por más de 7 años, conforme previene el art. 52 segunda parte del Cód. Trib.; luego, que existe error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, supuestamente porque la actora no habría demostrado el pago de impuestos a la propiedad de vehículos oportunamente y porque no acreditó que se ha producido la prescripción liberatoria en su favor; con estos argumentos impetra se case el auto recurrido y fallar en lo principal aplicando las leyes inculcadas, sin exponer un petitorio claro y concreto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 2do
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En la especie, el auto de vista confirma la sentencia de primera instancia, luego
- 3) En efecto, tanto la sentencia como el auto de vista acertadamente han establecido que
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
