Auto Supremo AS/0703/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0703/2007

Fecha: 14-Sep-2007

Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada,


CONSIDERANDO III: Que, en consecuencia, el tribunal ad quem, con el auto de vista realizó correcta valoración de la prueba aportada al proceso; al mantener lo dispuesto en la sentencia, no sólo respecto a la modificación de los cargos establecidos en la Resolución Determinativa No. 000296 de 27 de junio de 1994, sino también respecto a la calificación de la conducta del actor o sujeto pasivo, como de evasión, en sujeción a los arts. 114, 115 inc. 2) y 116 del Cód. Trib., al haber omitido el contribuyente el pago de tributos.

Que, en este marco legal, se concluye que lo resuelto por el tribunal de alzada, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna; al contrario realizan correcta valoración y apreciación de la prueba adjuntada al proceso, como interpretación y aplicación de las normas legales citadas, sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso; correspondiendo en definitiva resolver conforme dispone el art. 273 del Cód. Pdto. Civil, con la facultad remisiva prevista en el art. 297 del Código Tributario