En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 149/2003
En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 149/2003 SSA-II de 10 de septiembre de 2003 (fs. 165), se revoca la sentencia Nº 29/2000 modificando la resolución determinativa Nº 000201 en lo que respecta sólo al IVA en Bs. 45, manteniéndose el IT en Bs. 158, el RC-IVA en Bs. 1.658 y por incumplimiento de deberes formales Bs. 2.800, con la multa del 100% en aplicación del art. 101 del Cód. Trib., debiendo calificarse accesorios y mantenimiento de valor al momento del pago, conforme a ley
- PARTES: Dante Chumacero del Castillo c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 149/2003
- Que, contra el mencionado auto de vista de 10 de septiembre de 2003, la Administración
- Que, el representante de la entidad demandada, concluye la deficiente formulación del recurso, solicitando que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 14 de septiembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
