POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 1) y 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato de los arts. 214 y 297 del Cód. Trib., de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 175-176, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 169-171, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
- PARTES: Dante Chumacero del Castillo c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 149/2003
- Que, contra el mencionado auto de vista de 10 de septiembre de 2003, la Administración
- Que, el representante de la entidad demandada, concluye la deficiente formulación del recurso, solicitando que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 14 de septiembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
