Que, el representante de la entidad demandada, concluye la deficiente formulación del recurso, solicitando que
Que, el representante de la entidad demandada, concluye la deficiente formulación del recurso, solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, case el auto de vista Nº 149/03 y, deliberando en el fondo, revoque en parte el fallo emitido por el tribunal de segunda instancia, declarando improbada la demanda y por tanto firme y subsistente la R.D. 201/94 en todas sus partes, con olvido de que la revocatoria es una forma propia de resolución del recurso ordinario de apelación (art. 237-3 del Cód. Pdto. Civ.), que no puede confundirse en sus efectos con el recurso extraordinario de casación, como equivocadamente pretende el recurrente, circunstancia que impide se abra la competencia de este Tribunal Supremo
- PARTES: Dante Chumacero del Castillo c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, por auto de vista Nº 149/2003
- Que, contra el mencionado auto de vista de 10 de septiembre de 2003, la Administración
- Que, el representante de la entidad demandada, concluye la deficiente formulación del recurso, solicitando que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 14 de septiembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
