Auto Supremo AS/0707/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2007

Fecha: 14-Sep-2007

CONSIDERANDO II


CONSIDERANDO II.- Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso, se tiene:

1.- Que, con el auto de vista recurrido, dando aplicación a la disposición contenida en el art. 116 del Cód. Trib., no impugnado en el recurso, confirma la sentencia de primera instancia, ratificando así la modificación de la tipificación de la conducta del contribuyente por evasión con la consiguiente reducción de la multa al 50% del tributo omitido actualizado, decisorio que se sustenta en la convicción de que la conducta del demandante no se ajusta al delito de defraudación inicialmente tipificado por la Administración Tributaria, toda vez que su buena fe está expresada y documentada en el pago parcial de la obligación y en la oferta de pago que realizara por el saldo, conforme consta a fs. 93 y 96 de obrados, en sede administrativa en conocimiento de la vista de cargo Nº 200-74-346-089/86 de fs. 94-95, enmendando su omisión de pago de forma voluntaria, hecho que, en consideración de los jueces de grado, constituye una atenuante necesaria de ser considerada a su favor y que no configura defraudación por ausencia de dolo