Auto Supremo AS/0726/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0726/2007

Fecha: 15-Sep-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su consideración porque impide a este Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el art. 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 1) y 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato de los arts. 214 y 297 del Cód. Trib., en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 209-210, que se pronuncia por la infundación, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs.199-200, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990