En este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las
En este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna, al contrario se realizó correcta valoración y apreciación de la prueba adjunta al proceso, aplicando correctamente las normas legales citadas; de igual modo se advierte que, al no existir reclamo alguno por parte del demandante, denota conformidad, por lo que se mantiene lo resuelto en grado de apelación. Por consiguiente, el tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso, correspondiendo en definitiva resolver conforme previene el art. 273 del Cód. Pdto. Civil, con la facultad remisiva prevista en el art. 297 del Código Tributario
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- PARTES: La Empresa Comercial "AXIS" S.A. c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En la especie, el auto de vista acertadamente revoca en parte la sentencia de
- En este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a las
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Sucre, 17 de septiembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
