Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0007/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0007/2008

    Fecha: 21-Ene-2008

    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución que le otorga el numeral 1) del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Severino Mamani Churata contra el Auto de Vista número 95/06 de 8 de diciembre de 2006 emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
    • Tráfico de sustancias controladas y otro
    • VISTOS: el recurso de casación (fojas 117 a 119 vuelta) interpuesto por Severino Mamani Churata
    • CONSIDERANDO: que bajo la modalidad de procedimiento abreviado, se dictó sentencia el 3 de agosto
    • Que habiendo Severino Mamani Churata interpuesto recurso de apelación restringida contra esa Sentencia (fojas 64
    • Que el mencionado imputado interpuso contra dicho Auto de Vista el recurso de casación que
    • CONSIDERANDO: que no es válido el argumento relativo a la falta de acuerdo para la
    • Que en lo referente a errónea calificación del hecho delictivo, no se han señalado contradicciones
    • Que los argumentos expuestos como fundamento del recurso de casación por el impetrante no tienen
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca