Enfatiza que el precedente descrito determina que para el establecimiento de la usura no es
Enfatiza que el precedente descrito determina que para el establecimiento de la usura no es necesaria la cancelación total del crédito, pues es suficiente que se pague tan solo una parte, quedando demostrado en el presente caso la cancelación de $us.3.988.- y otros pagos, y que el imputado le cobró un interés superior al legal que maliciosamente se hizo figurar como si proviniera de gastos por otros conceptos
- AUTO SUPREMO: Nº 13 Sucre, 8 de enero de 2008
- DISTRITO: Chuquisaca
- Sucre, 8 de enero de 2008
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, examinados los antecedentes del proceso, se evidencia que pronunciado el Auto de Vista
- Que, Juan José Romero Pradel, mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista
- Enfatiza que el precedente descrito determina que para el establecimiento de la usura no es
- CONSIDERANDO: Que, analizado el contenido del recurso de casación interpuesto, se evidencia que fue interpuesto
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2008.
