Auto Supremo AS/0237/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2008

Fecha: 17-Oct-2008

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, declara que NO HA LUGAR a la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso respecto a la causa por violación agravada seguida por el Ministerio Público contra Carlos Juan Menacho, debiendo en consecuencia proseguir la sustanciación del respectivo proceso hasta su conclusión